AUTORIZACION PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ELECTRONICAS
La empresa AUTORIZA a la Caja de Compensación Familiar de Fenalco Comfenalco Quindío, para notificarle en la dirección de correo electrónico informada, las de decisiones y actos administrativos que resuelvan los tramites en los cuales la empresa afiliada tenga interés (artículo 56 y siguientes de la Ley 1437 de 2011).
A partir de la fecha, la Caja de Compensación queda facultada para realizar la notificación de sus actos a través de medios electrónicos.
La notificación electrónica tiene la misma validez de una notificación personal y por lo tanto genera las mismas consecuencias legales.
Es responsabilidad de la persona que autoriza la notificación electrónica la revisión periódica del correo autorizado tanto de la bandeja de entrada como de la bandeja del correo no deseado.
La Empresa se hace responsable de adoptar las medidas de seguridad idóneas para la administración de la cuenta de correo electrónico informada en el presente formato, así como del manejo de la clave de ingreso al mismo, y de mantener el buzón con la capacidad suficiente para la recepción de los actos administrativos que serán objeto de notificación.